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Programa de Becas de Prácticas "Fundación ONCE - CRUE" para universitarios con discapacidad. Convocatoria de la Universidad de Zaragoza

PROGRAMA DE BECAS DE PRÁCTICAS “FUNDACIÓN ONCE-CRUE” PARA UNIVERSITARIOS CON DISCAPACIDAD Convocatoria 2016-2017 CONVOCATORIA DE LA UNIVERSIDAD DE ZARAGOZA

OBJETO

La Universidad de Zaragoza convoca 3 plazas para la realización de prácticas académicas externas dirigidas a estudiantes universitarios con discapacidad con el objetivo de mejorar su empleabilidad y oportunidades futuras de empleo. Las 3 plazas están dotadas con una bolsa o ayuda económica y con cobertura de los costes de cotización a la Seguridad Social. El régimen de esta convocatoria se ajusta a lo previsto en el Convenio marco de 22 de junio de 2016, establecido entre la Fundación ONCE y la Conferencia de Rectores de las Universidades Españolas (CRUE), cofinanciado por el Fondo Social Europeo, a través del Programa Operativo de Inclusión Social y Economía Social (2014-2020) para el desarrollo del Programa de prácticas Fundación ONCE-CRUE, Convocatoria 2016/2017, así como en el Real Decreto 592/2014, de 11 de julio, por el que se regulan las prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios y en el vigente Reglamento sobre prácticas académicas externas de la Universidad de Zaragoza Las prácticas podrán ser desarrolladas en grandes empresas, PyMES, microempresas, empresas de economía social, entidades del tercer sector y otras instituciones públicas y privadas. La gestión de estas becas se llevará a cabo de modo coordinado por la OUAD (Oficina Universitaria de Atención a la Diversidad) y UNIVERSA (Servicio de Orientación y Empleo) de la Universidad de Zaragoza.

DURACIÓN

Las prácticas tendrán una duración mínima de 3 meses consecutivos, ampliables a 6 meses, a instancia de la empresa de acogida o en el caso excepcional. El horario será de 25 horas semanales que será pactado entre la empresa y la persona becada. En ningún caso, podrá llevarse a cabo la realización de las prácticas de manera fraccionada.

REQUISITOS DE PARTICIPACIÓN

a. Tener una discapacidad reconocida igual o superior al 33%

b. Estudiantes de titulaciones oficiales de GRADO y MASTER.

c. En función de las características de este programa se exigirá haber superado 90 créditos del correspondiente título de grado universitario, en el momento de finalización del plazo de inscripción. Se priorizará estudiantes de último curso.

d. No mantener relación contractual de tipo laboral, de prestación de servicios o asimilable con empresa, institución o entidad alguna.

e. No estar disfrutando de otra ayuda o beca formativa de características análogas a este programa.

f. No estar en disposición de solicitud del título en el momento de iniciar la práctica.

DOTACIÓN DE LA BECA DE FUNDACIÓN ONCE

La Fundación ONCE realizará un mecenazgo a favor de la Universidad de Zaragoza por el importe de 5.400 €, resultante de multiplicar MIL OCHOCIENTOS EUROS (1.800 €) por las tres plazas asignadas a dicha Universidad de Zaragoza y cubiertas al amparo del Programa . Las cotizaciones a la Seguridad Social estarán sujetas a la normativa de prácticas académicas externas de los estudiantes universitarios. Estas prácticas se podrán prorrogar hasta 6 meses, si así lo acuerdan las partes, caso en el que la remuneración correrá por parte de la empresa o entidad. El desarrollo de prácticas irá desde el 1 de febrero al 31 de octubre 2017, pudiéndose prorrogar hasta el 31 de diciembre.

PLAZO INSCRIPCIÓN

Del 1 noviembre 2016 al  31 diciembre 2016.

LUGAR DE INSCRIPCIÓN

1. Portal Web del Programa de prácticas F.ONCE-CRUE: http://becas.fundaciononce.es/Paginas/BecasPracticasOnceCrue.aspx

2. Es condición ineludible estar dado de alta en la aplicación de gestión de prácticas de la Universidad de Zaragoza: http://www.unizar.es/universa/inscripcion-online/ donde deberá estar actualizado el Curriculum Vitae.

PERIODO DE REALIZACIÓN DE LA PRÁCTICA

Entre el 1 de febrero de 2017 y 31 de octubre de 2017. Excepcionalmente, y siempre que esté justificado por la Universidad de Zaragoza, el plazo del desarrollo de las prácticas se podrá extender hasta el 31 de diciembre del año en curso de la convocatoria.

ASIGNACIÓN DE PRÁCTICAS

La asignación de la beca entre los candidatos se realizará por la Universidad de Zaragoza, a través de una Comisión formada por personal de la OUAD y de UNIVERSA , presidida por la Vicerrectora de Estudiantes y Empleo, de acuerdo con los principios de transparencia, capacidad y mérito. Conforme a estos principios, se determinará, con carácter previo, los criterios cuantitativos para la baremación de las solicitudes, conforme al cuadro de méritos siguiente:

• Expediente académico.

• Adecuación al perfil solicitado en la oferta por parte de la Empresa.

• Méritos expuestos en el Curriculum Vitae.

FINANCIACIÓN DE LA PRÁCTICA

La Universidad recibirá la dotación de la Fundación ONCE en concepto de mecenazgo, al amparo de lo previsto en la Ley 49/2002, de 23 de diciembre, de régimen fiscal de las entidades sin fines lucrativos y de los incentivos fiscales al mecenazgo (artículo 25), debiendo destinar la misma: a) Al pago de una bolsa o ayuda económica al estudiante participante. b) Y al cumplimiento de las obligaciones que, en materia de seguridad social, fiscal o de cualquier otro tipo con carácter general, correspondan o puedan llegar a corresponder, por imperativo legal o reglamentario, a la propia Universidad de Zaragoza, en cuanto financiadora directa de las mismas. La beca o ayuda económica es compatible con cualquier otra ayuda que el estudiante pueda obtener de la empresa de destino o de cualquier tercero, salvo lo previsto en el requisito de participación, letra e). En todo caso, el importe correspondiente a la beca o ayuda al estudio se abonará al estudiante por la Universidad de Zaragoza en la cuenta corriente de Entidad Bancaria indicada de la que deberá ser titular o cotitular el estudiante solicitante. Se efectuará por mensualidades de acuerdo a la normativa interna de gestión en relación con las prácticas formativas. En caso de que no llegara a completarse el período de la beca, si la finalización prematura es decidida por el estudiante, y no es debidamente justificada y/o avisada con tiempo suficiente, la Universidad podrá reclamarle los gastos ocasionados.

GESTIÓN Y EJECUCIÓN DEL PROGRAMA

La aportación de la Universidad de Zaragoza en el programa implica:

a) Asumir la gestión de las prácticas y de las bolsas o ayudas correspondientes a las mismas.

b) Coordinar y gestionar todos los procedimientos internos para su adecuado funcionamiento.

c) Difundir en Programa en el seno de la Comunidad Universitaria.

d) Gestionar la selección de los estudiantes beneficiarios, según los criterios establecidos en el presente documento.

e) Identificar, en el marco de los programas de prácticas, las becas de este Programa haciendo mención expresa a la denominación “PROGRAMA DE BECAS DE PRÁCTICAS “FUNDACIÓN ONCE-CRUE” PARA UNIVERSITARIOS CON DISCAPACIDAD” e incluyendo los logotipos de Fundación ONCE, Programa Operativo de Inclusión Social y Economía Social FSE, CRUE Universidades y Universidad de Zaragoza en la documentación y soportes correspondientes.

f) Participación en la selección de las empresas más adecuadas para la participación del Programa.

g) Facilitar a Fundación ONCE y a la CRUE, una vez finalizada la asignación de las prácticas, información detallada de las mismas, así como cualquier otra información relativa al Programa y a su ejecución que sea requerida por cualquiera de éstos para su debido seguimiento.

h) Realizar un seguimiento de las prácticas, de acuerdo con los procedimientos habituales y elaborar la información de seguimiento que CRUE y/o Fundación ONCE, puedan requerir a la finalización de la convocatoria.

Para ello se contará con el propio informe preceptivo elaborado por el tutor de la empresa o entidad participante. Las presentes Bases se han formulado a modo de extracto de los Términos y Condiciones Generales del Programa al que se adhiere para su participación la Universidad de Zaragoza, los cuales prevalecerán en caso de litigio, discrepancia, cuestión o reclamación resultantes de su ejecución o interpretación, sin perjuicio de lo previsto en el párrafo siguiente. Las actuaciones administrativas de los diferentes órganos de la Universidad de Zaragoza participantes en este procedimiento serán recurribles, en cuanto se desarrollen en ejercicio de sus competencias de derecho público, en la forma prevista en los artículos de la Ley 39/2015 de Procedimiento Administrativo Común, y la Ley 40/2015 del Régimen Jurídico del Sector Publico. Contra las actuaciones realizadas en un marco de derecho privado, se podrá reclamar ante la jurisdicción competente, teniendo en cuenta lo establecido en los artículos 122 y siguientes de la propia Ley 30/1992.

En Zaragoza, a 4 de noviembre de 2016. 

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